Colegio de Consultores
Entre los miembros del consejo Presbiteral, el Obispo nombra libremente algunos sacerdotes, en número no inferior a seis ni superior a doce, que constituyan durante cinco años el colegio de consultores, al que competen diversas funciones.
Como señala el canon 502, entre los miembros del consejo presbiteral, el Obispo nombra libremente algunos sacerdotes, en número no inferior a seis ni superior a doce, que constituyan durante cinco años el colegio de consultores, al que competen las funciones determinadas por el derecho. Tiene importantes funciones en sede vacante para el gobierno provisional de la Diócesis (c. 419), para la elección del administrador diocesano (c. 421) y para ejercer de Consejo Presbiteral en tanto dure la vacante (c. 501,2). En sede plena, debe ser oído en el nombramiento del ecónomo diocesano (c. 494,1) y para su remoción dentro del quinquenio para el cual es éste nombrado. Asimismo el Obispo necesita el consentimiento de este Colegio para realizar actos de administración extraordinaria (c. 1277).
Bajo la Presidencia del Excmo. y Rvdmo. Mons. Jesús E. Catalá Ibáñez, el 24 de octubre de 2019, festividad de San Antonio María Claret, quedó constituido dicho Colegio para los próximos cinco años, compuesto por los siguientes miembros:
Miembro: Ilmo. Mons. D. Antonio Jesús Coronado Morón
Miembro: Ilmo. Mons. D. Antonio Aguilera Cabello
Miembro: M. I. Mons. D. José Antonio Sánchez Herrera
Miembro: Muy Rvdo. Mons. D. Francisco González Gómez
Miembro: M. I. Sr. D. Antonio Eloy Madueño Porras
Miembro: Muy Rvdo. D. Rafael Rodríguez Sainz de Rozas
Miembro: M. I. Sr. D. Rafael Navarro Cortés
Miembro: Rvdo. D. José Ruiz Córdoba
Miembro: Rvdo. P. José Manuel Fernández Camino, O.C.D.