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Preguntas al Obispado de Málaga en el Estado de Alerta

Publicado: 02/04/2020: 24536

Con motivo de la situación de Estado de Alarma que estamos viviendo han surgido algunas preguntas sobre las primeras comuniones, bodas, funerales... Cuestiones que por ser de interés general intentamos responder.

P. Han ingresado a mi madre en el Hospital, pero no es por coronavirus. ¿La puede visitar el capellán del Hospital?

R. Sí, solicite en el propio hospital donde está ingresada que localicen al capellán.

P. Mi padre está muy enfermo y quiere que venga a la casa un sacerdote para que le dé la unción de enfermos. ¿Qué debo hacer?

R. Para solicitar que se le administre la unción de enfermos póngase en contacto con su párroco. Si no consigue localizarlo llame al Obispado de Málaga (952224386, lunes a viernes de 8 a 15) o escriba al mail obispado@diocesismalaga.es  y nosotros le pondremos en contacto con un sacerdote.

P. He leído que han prohibido los velatorios. ¿Significa eso que no va a haber cura en los entierros?

R. El Ministerio de Sanidad ha establecido medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres. Durante el estado de alarma están prohibidos los velatorios. Tampoco podrán celebrarse funerales durante ese tiempo, pero el sacerdote o diácono sí puede estar presente en el enterramiento (o en la despedida para cremación) junto con los tres familiares como máximo que podrán estar, respetando las distancias de uno a dos metros entre ellos.

Existe una total disposición del clero para acompañar en momentos tan emotivos a los familiares que lo deseen, de manera que pueden pedir a la empresa de servicios funerarios que corresponda que avisen al párroco. Por otra parte, cuando pase el estado de alarma, podrán celebrar una misa por el alma del difunto, si así lo desean, concertándolo con el párroco.


 

P. ¿La funeraria puede llamar a un sacerdote para una oración por el alma de mi ser querido en el cementerio u hospital?

R. Sí.  Comuníquelo a la funeraria o personal que le atienda en ese momento y tanto al hospital como al cementerio se desplazaría un sacerdote.

P. ¿Dónde puedo celebrar una Misa por mi difunto?

R. Cuando pase el Estado de Alarma progresivamente volveremos a la normalidad y podrá hacerlo.  No obstante, mientras dura esta situación puede ofrecer la Santa Misa que ve por los medios de comunicación por su difunto o comunicarlo a su párroco que ofrecerá la Misa que sin fieles celebra. De todas formas, es bueno que sepa que todos los días los párrocos rezan por los fieles difuntos en la Misa y que estarán disponibles para, cuando pase el Estado de Alerta, celebrar los funerales que se soliciten.

EUCARISTÍA

P. Desde el estado de alarma no he podido ir a Misa como cada domingo, ¿tengo que preocuparme?

R. No debe preocuparse porque ante esta situación excepcional el obispo de Málaga ha dispensado a los fieles del precepto dominical mientras dure el estado de alarma. Procure seguir la misa por televisión, radio o internet. Aquí están los horarios de Misa televisada.

Así mismo puede comulgar espiritualmente con la oración de comunión espiritual.

P. Mi hijo iba a celebrar su primera comunión en mayo, pero supongo que todo se va a suspender. ¿Hay que esperar a mayo del año que viene?

R. La Eucaristía deben recibirla los niños cuando estén preparados espiritual e intelectualmente, sin reducirlo a los meses de mayo y junio, sino durante todo el año litúrgico. Los sacerdotes, catequistas y padres programarán la participación de los niños en la Eucaristía de un modo personalizado, una vez que cese la pandemia, fijando el momento más conveniente para cada niño y animándole a hacerlo en la Eucaristía de la comunidad parroquial.

P. ¿Qué va a pasar con las confirmaciones?

R. Se han suspendido por el Estado de Alarma, pero se programarán de nuevo una vez cese esta situación excepcional. Debe consultar en su parroquia una vez cese la pandemia.

P. Tenía mi boda programada pero vamos a suspenderla. Ya teníamos entregados todos los papeles en la parroquia y estaba todo correcto. ¿Debo renovar los documentos del expediente matrimonial?

R. Los documentos tienen una caducidad de seis meses, por tanto, no sería necesario renovarlos si están en plazo o en un plazo razonable corto pasados los seis meses de vigencia. Sin embargo, si la boda se va a posponer  mucho tiempo (por ejemplo, hasta el año que viene) sí tendrán que renovarlos (salvo la acreditación del curso prematrimonial, que no caduca).

CÁRITAS

P. Sé que una vecina tiene graves problemas económicos. En circunstancias normales iría a Cáritas de mi parroquia, pero la iglesia está cerrada. ¿Qué puedo hacer?

R. Cáritas continúa haciendo su labor, en coordinación con los servicios sociales. Si puede contactar con su párroco, él le informará, y si no, llame a Cáritas Diocesana a este teléfono: 952287250.

P. ¿Cómo puedo seguir colaborando económicamente con mi parroquia?

R. Póngase en contacto con su párroco, que le indicará la manera de hacerlo, o directamente al obispado (952224386, lunes a viernes de 8 a 15 h) que le indicará el número de cuenta de su parroquia para hacer el ingreso.

Diócesis Málaga

@DiocesisMalaga
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